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Los internautas de la UE reclaman el “derecho al olvido” en la Red

La Comisión Europea ha hecho público un comunicado de prensa, haciendo públicos los resultados de la encuesta del Eurobarómetro sobre la protección de datos y la identidad electrónica en la Unión Europea.

Según esta encuesta el  75 %  de los internautas de la UE quieren poder borrar sus datos personales en línea siempre que lo deseen.

La Comisión  ya anunció su intención de revisar la Directiva sobre protección de datos para abordar,  entre otros asuntos,  la regulación del llamado “derecho al olvido” en la Red, y ha comunicado que realizará propuestas específicas para dicha reforma antes del final de año.

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Publicado en blog el Martes 21 Junio 2011. Sin comentarios.

Directiva europea que obliga a restringir la utilización de las ‘cookies’ (I)

La directiva europea que obliga a restringir la utilización de las ‘cookies’ en las comunicaciones electrónicas ha vuelto a la palestra. En concreto, la Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) nº 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores.

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Publicado en blog el Martes 14 Junio 2011. 1 Comentario.

Reflexiones acerca de la reforma del Régimen Sancionador de la LOPD (II)

Con este post continúo mis reflexiones acerca de la reforma del régimen sancionador de la LOPD. Y lo hago continuando hablando del apercibimiento. Me plantea algunas cuestiones adicionales:

1. Una de ellas se refiere a que se contempla como causa de exclusión de la aplicación del apercibimiento el hecho de que el sujeto responsable haya sido sancionado o apercibido con anterioridad.

Apercibido anteriormente hasta la entrada en vigor de la reforma está claro que no  puede haber sido porque esta medida no existía, pero sancionado anteriormente si. Por tanto: ¿se va a tener en cuenta las sanciones anteriores? Si la contestación es si: ¿ello no iría en contra del principio de irretroactividad de las normas desfavorables “a sensu contario”: aplicación de la norma más favorable?

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Publicado en blog el Jueves 9 Junio 2011. 1 Comentario.

Reflexiones acerca de la reforma del régimen sancionador de la LOPD (I)

Con este post quiero iniciar lo que pretende ser una serie de breves comentarios en diferentes materias relacionados con el derecho y las TIC.

El primero de ellos se refiere a protección de datos y en concreto a la reforma del régimen sancionador operado por la Ley 2/2011. Y como no podría ser de otra forma se refiere a la “estrella” de la reforma: la nueva modalidad de sanción: el apercibimiento. Algunos aspectos interesantes que ofrece esta nueva sanción son los siguientes:

1. Por un lado creo que es interesante insistir en que, a pesar de la excepcionalidad de esta nueva sanción (que el artículo dispone claramente y que la AEPD se encarga de recordar en las intervenciones de sus miembros) no debemos dejar de alegarlo y si se respetan los requisitos exigidos legalmente debe de atenderse. ¿Porqué? Es verdad que no es necesario alegar modificaciones reglamentarias y que la AEPD en general debería (y parece que lo está haciendo) aplicarlas en virtud de la necesidad de aplicación de la norma posterior en lo que sea favorable (a tenor del principio constitucional establecido en el artículo 9.3 C.E. que garantiza la irrectroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables),  del que se deduce, como principio la retroactividad de las disposiciones posteriores  favorables al infractor, (aplicable a aquellos procedimientos que no sean firmes);  Pero no es menos cierto que el apercibimiento (según nuestro entender)  dada su excepcionalidad es conveniente  alegado porque tiene que justificarse.

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Publicado en blog el Lunes 6 Junio 2011. Sin comentarios.
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